Ausencia temporal o definitiva del presidente y vicepresidente de la República: ¿cómo se configura según la Corte Constitucional?

Los jueces constitucionales han tratado tres casos que se desprendieron de la situación legal de la vicepresidenta Verónica Abad.

Mar 3, 2025 - 08:00
Ausencia temporal o definitiva del presidente y vicepresidente de la República: ¿cómo se configura según la Corte Constitucional?

En tres dictámenes, la Corte Constitucional (CC) ha determinado que la ausencia temporal o definitiva de quien ocupe la Presidencia y Vicepresidencia de la República se puede configurar por enfermedad u otra circunstancia de fuerza mayor que impida ejercer la función durante un periodo máximo de tres meses, o licencia concedida por la Asamblea Nacional.