Los jueces de Barcelona acuerdan que cortar el agua, la luz o el gas a ocupas no es delito
Los magistrados, que han unificado criterios sobre la usurpación, rechazan que los propietarios que corten los suministros sean responsables de coacciones


Los magistrados de la Audiencia de Barcelona han unificado criterios de actuación en relación con las ocupaciones de vivienda (usurpación y allanamiento de morada). El acuerdo subraya que, al menos en la provincia de Barcelona, si el propietario de un inmueble ocupado corta los suministros básicos de la vivienda (agua, luz, gas) no estará cometiendo un delito de coacciones. Hasta ahora, esa conducta podía constituir, para los propietarios, la comisión de un delito de coacciones.