Una madre impulsa una propuesta para que el suicidio no excluya o condicione el cobro del seguro de vida
La ley fija una cláusula que marca una carencia aunque en muchos casos se niega el cobro de la indemnización
La ley que rige las normas de los contratos de seguros incluye actualmente un artículo en el apartado sobre los seguros de vida que fija una carencia de un año para cobrarlos cuando la muerte es “causada consciente y voluntariamente por el propio asegurado”. Es decir, en el caso en el que el asegurado se suicide, los beneficiarios solo cobran si han pasado 12 meses desde la firma del contrato del seguro. El Congreso de los Diputados recibe este miércoles una propuesta para eliminar esta cláusula y cerrar la puerta a que los seguros penalicen esta forma de morir.